Artículo 16. Formación necesaria para el ejercicio de la profesión de director deportivo o directora deportiva.
Artículo 16 de la Ley 2/2022, de 22 de julio, de ordenación del ejercicio de las profesiones del deporte y la actividad física en la Comunitat Valenciana. · BOE-A-2022-13726
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2023-01-26.
Texto consolidado
1. Para ejercer la profesión de director deportivo o directora deportiva se precisa estar en posesión de la titulación de Grado en Ciencias de la Actividad Física y del Deporte o Licenciatura correspondiente.
2. Cuando la actividad profesional se desarrolle en el marco de una única modalidad deportiva, también pueden ejercer la profesión quienes posean el título de técnico deportivo o técnica deportiva superior o formación de periodo transitorio equivalente de la modalidad y especialidad deportiva correspondiente.
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- Ver la norma completa: Ley 2/2022, de 22 de julio, de ordenación del ejercicio de las profesiones del deporte y la actividad física en la Comunitat Valenciana.