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Ley Derogada

Artículo 16. Información a los agentes económicos, y en especial a los consumidores y usuarios y organizaciones ecologistas.

Artículo 16 de la Ley 11/1997, de 24 de abril, de Envases y Residuos de Envases. · BOE-A-1997-8875

Atención: Ley 11/1997 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.

Texto consolidado

Antes del día 1 de julio de 1998 las Administraciones públicas competentes adoptarán las medidas necesarias para que los agentes económicos, y en especial los consumidores, usuarios de envases y organizaciones no gubernamentales cuyo objeto sea la defensa del medio ambiente, reciban la información necesaria sobre:

Las características y contenido general de los sistemas integrados de gestión de residuos de envases y envases usados regulados en la sección 2.ª del capítu lo IV y del sistema de depósito, devolución y retorno regulado en el artículo 6, así como las diferencias existentes entre dichos sistemas;

Los sistemas integrados de gestión de residuos de envases y envases usados que se han autorizado;

Su contribución a la reutilización de los envases y al reciclado y valorización;

El significado de los marcados que figuran en los envases, tal como existen en el mercado;

El contenido del Programa Nacional de Residuos de Envases y Envases Usados.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 1997-04-26.

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