Artículo 16. Flexibilización de la vida familiar, laboral y personal.
Artículo 16 de la Ley 10/2013, de 21 de octubre, de apoyo a emprendedores, autónomos y Pymes. · BOE-A-2013-11691
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2013-10-26.
Texto consolidado
1. El Gobierno de La Rioja, en el marco de sus competencias, garantizará la plena equiparación entre mujeres y hombres en las distintas fases de creación y consolidación del empleo autónomo.
2. A tal fin, se promoverá la adopción de incentivos destinados a los emprendedores, los autónomos, a las microempresas y a las pequeñas y medianas empresas para la contratación de trabajadores desempleados en sustitución de las personas trabajadoras que suspendan su contrato de trabajo por causa de maternidad, paternidad, adopción o acogimiento o excedencia por cuidados de hijos o familiares a fin de que se les permita compatibilizar y conciliar el trabajo con la vida personal y familiar.