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Ley Vigente

Artículo 16. El Fondo Español de Desarrollo Sostenible (FEDES, F.C.P.J.).

Artículo 16 de la Ley 1/2023, de 20 de febrero, de Cooperación para el Desarrollo Sostenible y la Solidaridad Global. · BOE-A-2023-4512

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2023-02-22.

Texto consolidado

1. Se crea el fondo carente de personalidad jurídica propia: Fondo Español de Desarrollo Sostenible (en adelante, FEDES, F.C.P.J.), como instrumento de la cooperación financiera para el desarrollo sostenible.

2. El FEDES, F.C.P.J. servirá a los objetivos de esta ley y de la cooperación financiera, enunciados en los artículos 4 y 15.

3. El FEDES, F.C.P.J. quedará adscrito a la Administración General del Estado, a través de la AECID.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2023-02-22.

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