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Ley Derogada

Artículo 16. Memoria de las fosas investigadas.

Artículo 16 de la Ley 1/2019, de 21 de enero, de memoria histórica y democrática de Extremadura. · BOE-A-2019-1936

Atención: Ley 1/2019 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.

Texto consolidado

Con el objeto de preservar la memoria histórica se erigirán hitos o memoriales en los lugares donde se han investigado fosas y hallado restos, en ellos constará una sucinta información de la intervención llevada a cabo y de las circunstancias y características históricas concretas de cada caso. Estas zonas tendrán el mismo tratamiento y consideración como «Lugares de Memoria».

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2019-07-24.

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