Artículo 16. Medidas de contabilización y gestión presupuestaria.
Artículo 16 del Decreto-ley Foral 1/2020, de 18 de marzo, por el que se aprueban medidas urgentes para responder al impacto generado por la crisis sanitaria del coronavirus (COVID-19). · BOE-A-2020-4381
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2020-03-19.
Texto consolidado
1. Los traspasos de dotaciones presupuestarias necesarios para atender a los gastos derivados del COVID-19, tendrán la consideración de movimiento de Fondos de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 43 de la Ley Foral 13/2007, de 4 de abril, de la Hacienda Pública de Navarra, pudiéndose utilizar cualquier partida del presupuesto de gastos de cada Departamento.
2. Las personas titulares de los organismos autónomos serán las competentes para autorizar la realización de dichos movimientos en lo que respecta a sus programas.
3. El Departamento de Educación pondrá a disposición del Departamento de Derechos Sociales, la cuantía que resulte de aplicar el módulo previsto para la subvención de comedor del alumnado de familias económicamente desfavorecidas al alumnado realmente atendido por este Departamento durante el periodo de suspensión de la actividad de los comedores escolares.
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