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Decreto-ley Derogada

Artículo 16. Extensión del levantamiento de la suspensión al sistema de recursos.

Artículo 16 del Decreto-Ley 1/2020, de 25 de marzo, del Gobierno de Aragón, por el que se adoptan medidas urgentes para responder al impacto generado por el COVID-19 en la Comunidad Autónoma de Aragón. · BOA-d-2020-90072

Atención: Decreto-ley 1/2020 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.

Texto consolidado

1. En los procedimientos de contratación en los que se proceda a levantar la suspensión conforme a lo establecido en el artículo 7 de este Decreto-ley, el levantamiento de la suspensión alcanzará igualmente a los procedimientos de recurso, ordinario o especial, que resulten procedentes.

2. Cuando el procedimiento de contratación se justifique en necesidades requeridas por la gestión de la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19 y sus repercusiones económicas y sociales, interpuesto recurso, si la demora impidiese atender dichas necesidades con la suficiente rapidez, el órgano de contratación podrá desistir del procedimiento y optar por la tramitación de emergencia en las circunstancias y condiciones establecidas en la normativa básica estatal y en este Decreto-ley.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2020-03-25.

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