Artículo 16. Tasas para la tramitación de las licencias comerciales.
Artículo 16 del Decreto-ley 1/2009, de 22 de diciembre, de ordenación de los equipamientos comerciales. · BOE-A-2010-738
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2009-12-29.
Texto consolidado
La tramitación de los expedientes de solicitud de licencia comercial está sujeta al pago de una tasa, de acuerdo con lo que establece la normativa vigente sobre tasas y precios públicos de la Generalidad de Cataluña.