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Ley Derogada

Artículo 159. Principio de riesgo y ventura.

Artículo 159 de la Ley 16/2005, de 30 de diciembre, urbanística valenciana. · BOE-A-2006-2975

Atención: Ley 16/2005 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.

Texto consolidado

La ejecución del programa de actuación integrada se realizará a riesgo y ventura del urbanizador, sin perjuicio de lo que dispone el artículo 168 para la retasación de cargas.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2006-02-01.

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