Artículo 158
Artículo 158 de la Ley 11/1986, de 20 de marzo, de Patentes. · BOE-A-1986-7900
Atención: Ley 11/1986 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.
Texto consolidado
La condición de Agente de la Propiedad Industrial se perderá por alguna de las siguientes causas:
a) Por fallecimiento.
b) Por renuncia.
c) Por incurrir en incompatibilidad.
d) Por resolución recaída en virtud de expediente sancionador.
e) Por resolución judicial.