Artículo 157. Naturaleza de las resoluciones y recursos.
Artículo 157 de la Ley 8/2015, de 24 de marzo, de la Actividad Física y el Deporte de la Región de Murcia. · BOE-A-2015-4749
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2015-04-16.
Texto consolidado
1. Las resoluciones del Comité ponen fin a la vía administrativa.
2. Contra las resoluciones del Comité que resuelvan recursos interpuestos frente al correspondiente órgano disciplinario federativo o competente en materia de deporte escolar o universitario mismas solo procederá, en su caso, el recurso contencioso-administrativo.
3. Contra las resoluciones del Comité adoptadas en única instancia administrativa, esto es, de oficio o a instancia de la dirección general competente en materia de deporte, podrá interponerse potestativamente recurso administrativo de reposición o, en su defecto, recurso contencioso-administrativo.