Artículo 155. Suspensión de la tramitación del ofrecimiento de adopción.
Artículo 155 de la Ley 26/2018, de 21 de diciembre, de derechos y garantías de la infancia y la adolescencia. · BOE-A-2019-1986
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2018-12-25.
Texto consolidado
La tramitación de un ofrecimiento de adopción podrá suspenderse de oficio o a instancia de las persona interesadas, por el tiempo y con las condiciones establecidas reglamentariamente, cuando alguna circunstancia transitoria relevante impida valorar la idoneidad o promover constituir una adopción.