El Vínculo El Vínculo.
Ley Vigente

Artículo 155. Competencias en materia de gestión de los gastos.

Artículo 155 de la Ley 2/2006, de 3 de mayo, de la Hacienda y del Sector Público de la Comunidad de Castilla y León. · BOE-A-2006-10085

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2006-05-29.

Texto consolidado

1. Corresponde al Presidente de la Junta de Castilla y León, a los Vicepresidentes de ésta y a los titulares de las diferentes Consejerías autorizar y comprometer los gastos propios de los servicios a su cargo, excepto en los casos reservados por la ley a la competencia de la Junta. Igualmente les corresponde reconocer las obligaciones y proponer los pagos.

2. Con la misma salvedad, corresponde a los órganos rectores de las entidades institucionales y demás entidades . órganos con presupuesto limitativo la autorización y el compromiso del gasto, así como el reconocimiento y el pago de las obligaciones.

3. Cuando un expediente de gasto afecte a varias secciones presupuestarias la Junta podrá determinar que las anteriores atribuciones sean ejercidas por un solo Consejero.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2006-05-29.

Más artículos de Ley 2/2006

En El Vínculo puedes leer Ley 2/2006 artículo a artículo, ver qué decía cada precepto en una fecha pasada y preguntarle a la IA sobre su contenido.