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Ley Vigente

Artículo 154. Hecho imponible.

Artículo 154 de la Ley 10/2021, de 28 de diciembre, de tasas y precios públicos de la Comunidad Autónoma de Andalucía. · BOE-A-2022-758

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2022-01-01.

Texto consolidado

1. Constituye el hecho imponible de la tasa la prestación de servicios o la realización de actividades administrativas, en materia de gestión del litoral, que se indican a continuación:

a) La tramitación de solicitudes de autorizaciones, concesiones y sus correspondientes modificaciones o prórrogas.

b) Trabajos facultativos de replanteo, comprobación, inspección y reconocimiento final en las obras que se realicen sobre el dominio público marítimo-terrestre.

2. Esta tasa será exigible con independencia de las que se devenguen por otras autorizaciones en materia ambiental.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2022-01-01.

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