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Ley Vigente

Artículo 153. Socias.

Artículo 153 de la Ley 5/2023, de 8 de marzo, de sociedades cooperativas de las Illes Balears. · BOE-A-2023-13762

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2023-04-14.

Texto consolidado

Pueden ser socias de una cooperativa de segundo grado las cooperativas de primer grado, las personas socias de trabajo o con otro vínculo y toda entidad o persona jurídica, pública o privada, que se incorporen en las mismas condiciones que en el resto de cooperativas. En todo caso, las cooperativas que son socias tienen en todo momento y en todos los órganos, como mínimo, más de la mitad de los votos sociales.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2023-04-14.

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