Artículo 152. Colaboración y coordinación con las Entidades Locales.
Artículo 152 de la Ley 12/2008, de 3 de julio, de protección integral de la infancia y la adolescencia de la Comunitat Valenciana. · BOE-A-2008-14050
Atención: Ley 12/2008 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.
Texto consolidado
1. La Generalitat prestará a las Entidades Locales la necesaria cooperación técnica y financiera para el efectivo cumplimiento de las funciones que le competen.
2. La Administración de La Generalitat ejercerá funciones de coordinación sobre la gestión de las Entidades Locales que realicen actuaciones en materia de atención, protección, adopción e inserción de menores, y en materia de ejecución de las medidas adoptadas por los Juzgados de Menores.