Artículo 15. Régimen general.
Artículo 15 del Real Decreto 620/1987, de 10 de abril, por el que se aprueba el Reglamento de Museos de Titularidad Estatal y del Sistema Español de Museos. · BOE-A-1987-11621
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1987-05-14.
Texto consolidado
1. La estructura orgánica de la Dirección y de las áreas básicas de los Museos de titularidad estatal responderá a las característica y a las condiciones específicas de cada uno de ellos y será determinada por la Administración gestora del Museo.
2. La relación de puestos de trabajo de estos Museos y su provisión se efectuará conforme a la normativa de la Función Pública de la Administración gestora de los mismos.
3. El régimen del personal al servido de los Museos estatales estará sometido a la normativa de la Administración Pública gestora de los mismos.