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Real Decreto Derogada

Artículo 15. Secretaría General de Relaciones Institucionales y Coordinación.

Artículo 15 del Real Decreto 30/2011, de 14 de enero, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio de Fomento. · BOE-A-2011-972

Atención: Real Decreto 30/2011 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.

Texto consolidado

1. Corresponde a la Secretaría General de Relaciones Institucionales y Coordinación, con rango de subsecretaría, bajo la superior dirección del titular del Departamento, la coordinación entre las políticas sectoriales del Departamento, el impulso de las relaciones institucionales y de colaboración con instituciones, organismos y entidades internacionales y con las Administraciones públicas territoriales en las materias de responsabilidad del Ministerio de Fomento y, en particular, las siguientes funciones:

a) El impulso y coordinación de fórmulas de colaboración y de cooperación con otras administraciones públicas con competencias en las materias propias del Departamento.

b) El seguimiento de planes, convenios y demás acuerdos de colaboración y cooperación que se desarrollen en el ámbito de competencias del Departamento.

c) La planificación y coordinación de la participación en organismos internacionales y de la política de relaciones internacionales del Departamento, en colaboración y a través de los órganos de acción exterior del Estado, sin perjuicio de las competencias de los órganos superiores y demás órganos directivos del Departamento.

d) La coordinación de los Centros Directivos del Ministerio en materia de redes transeuropeas de transporte y de conexiones transfronterizas, y en particular la participación en los Grupos de Alto Nivel o los instrumentos adecuados y la coordinación de la participación en los mismos de los órganos superiores y demás órganos directivos del Ministerio.

e) El impulso de medidas y la difusión de las recomendaciones de seguridad en los diferentes medios de transporte.

f) Las funciones que, en relación con los fondos destinados a financiar trabajos de conservación o enriquecimiento del patrimonio histórico español o de fomento de la creatividad artística, corresponden al Ministerio de Fomento, sin perjuicio de las competencias de la Secretaría de Estado de Vivienda y Actuaciones Urbanas a que se refiere el artículo 13.1.h) e i).

g) La planificación y coordinación del desarrollo de la política de comunicación, incluidas las campañas de divulgación y publicidad institucional, y la colaboración en la planificación de la política editorial del Departamento.

h) La dirección e impulso de la política en geografía y coordinación en materia de cartografía, astronomía, geodesia y geofísica.

2. De la Secretaría General de Relaciones Institucionales y Coordinación dependen los órganos directivos siguientes:

a) La Dirección General de Relaciones Institucionales.

b) La Dirección General del Instituto Geográfico Nacional.

3. Depende del Secretario General de Relaciones Institucionales y Coordinación, a través de la Dirección General del Instituto Geográfico Nacional, el organismo autónomo Centro Nacional de Información Geográfica (CNIG).

4. El Secretario General de Relaciones Institucionales y Coordinación es el presidente del Consejo Superior Geográfico y de la Comisión Española de Geodesia y Geofísica.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2011-01-19.

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