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Orden Vigente

Artículo 15. Garantías en materia de protección de datos personales.

Artículo 15 de la Orden SND/671/2025, de 23 de junio, por la que se crea y regula el Sistema Archivístico del Ministerio de Sanidad y de sus organismos públicos vinculados o dependientes. · BOE-A-2025-13231

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2025-07-20.

Texto consolidado

Los documentos a eliminar deberán estar protegidos hasta el momento de su destrucción física de manera que se garantice su seguridad y confidencialidad. En el caso de documentos con datos sujetos al Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de abril de 2016, relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de sus datos personales y a la libre circulación de estos datos, y a la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales, dicha protección se ajustará a lo previsto en la citada normativa y con especial diligencia en lo relativo a medidas de seguridad aplicables a ficheros y tratamientos automatizados y no automatizados, así como a lo dispuesto en el Real Decreto 311/2022, de 3 de mayo, por el que se regula el Esquema Nacional de Seguridad. Será la unidad custodia la responsable de garantizar esta protección hasta la destrucción.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2025-07-20.

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