Artículo 15. De las unidades de apoyo a la enseñanza.
Artículo 15 de la Orden PCM/6/2021, de 11 de enero, por la que se regulan para la Guardia Civil las normas de la organización y funcionamiento de sus centros docentes de formación y el régimen de su alumnado, y los requisitos generales y las condiciones del ejercicio del profesorado en sus centros docentes. · BOE-A-2021-520
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2021-04-14.
Texto consolidado
1. Los centros docentes de formación contarán, como unidad de apoyo a la enseñanza, con un Gabinete de Orientación Educativa.
2. Asimismo, podrán tener otras unidades de apoyo a la enseñanza con arreglo a lo que establezca la normativa correspondiente.
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