Artículo 15. Órganos de selección.
Artículo 15 de la Orden PCI/155/2019, de 19 de febrero, por la que se aprueban las normas por las que han de regirse los procesos de selección para el ingreso en los centros docentes de formación para la incorporación a la Escala de Cabos y Guardias de la Guardia Civil. · BOE-A-2019-2291
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2019-02-21.
Texto consolidado
1. Los órganos de selección que se constituyan para resolver los procesos selectivos que se convoquen de acuerdo con lo dispuesto en esta orden podrán ser comisiones permanentes de selección o tribunales.
2. Los presidentes de los órganos de selección podrán requerir la colaboración de asesores especialistas para todas o algunas de las pruebas, de acuerdo con lo previsto en las correspondientes convocatorias.
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