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Orden Vigente

Artículo 15. Normas generales de recogida y preparación de muestras.

Artículo 15 de la Orden JUS/1291/2010, de 13 de mayo, por la que se aprueban las normas para la preparación y remisión de muestras objeto de análisis por el Instituto Nacional de Toxicología y Ciencias Forenses. · BOE-A-2010-8030

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2010-05-20.

Texto consolidado

1. Todas las muestras objeto de estudio histopatológico deben ser remitidas en formol tamponado al 4 %. Únicamente se enviarán en fresco aquellas muestras que deban ser objeto de otro tipo de análisis previo, como estudios criminalísticos y de vitalidad en heridas.

2. Para una fijación adecuada, las piezas deben quedar cubiertas totalmente por formol, colocando el fijador antes que la muestra para permitir la fijación de la parte inferior de la misma. La proporción adecuada es: Volumen de la muestra/Volumen de formol = 1/3.

3. Como recipientes se recomienda la utilización de envases de plástico de boca ancha adecuados al tamaño de la muestra, para los encéfalos contenedores de 3 litros y para corazones envases de 2 litros.

4. Las muestras en formol se mantendrán a temperatura ambiente.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2010-05-20.

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