Artículo 15. Órganos competentes para convocar, instruir y resolver el procedimiento de concesión y órgano responsable del seguimiento.
Artículo 15 de la Orden EIC/742/2017, de 28 de julio, por la que se establecen las bases para la concesión de apoyo financiero a proyectos de I+D+I en el ámbito de la industria conectada 4.0. · BOE-A-2017-9215
Atención: Orden EIC/742/2017 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.
Texto consolidado
1. Será competente para convocar las ayudas reguladas en esta orden y resolver los procedimientos de concesión de los mismos, el Ministro de Economía, Industria y Competitividad, sin perjuicio de las delegaciones vigentes sobre la materia.
2. El órgano competente para ordenar e instruir los procedimientos de concesión es la Dirección General de Industria y de la Pequeña y Mediana Empresa.
3. La Dirección General de Industria y de la Pequeña y Mediana Empresa será el órgano responsable del seguimiento de las actuaciones financiadas.