Artículo 15. Votaciones.
Artículo 15 de la Orden de 10 de diciembre de 1987 por la que se aprueba el Reglamento de Organización y Funcionamiento Interno del Consejo Social de la Universidad Politécnica de Madrid. · BOE-A-1987-28076
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1987-12-19.
Texto consolidado
Las votaciones podrán efectuarse mediante:
a) Asentimiento, que se entenderá por la no manifestación expresa de discrepancias.
b) Por mano alzada, manifestando cada Consejero su aprobación.
c) Papeleta secreta cuando así lo decida la mayoría de los asistentes o bien se trate de un asunto que afecte a cualquier miembro del Consejo.