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Ley Vigente

Artículo 15. Acceso al expediente personal de la persona privada de libertad.

Artículo 15 de la Ley 9/2017, de 19 de octubre, por la que se regulan los servicios de asesoramiento y orientación jurídicos gratuitos de Aragón. · BOE-A-2017-15289

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2017-11-30.

Texto consolidado

Siempre con la debida autorización de la persona privada de libertad, el letrado que le asista en este Servicio tendrá derecho a acceder al contenido del expediente personal penitenciario, así como al protocolo de personalidad, con traslado de copia de los informes y documentos contenidos en el mismo, y en especial los que traten sobre su situación procesal, penitenciaria y de salud y consten en el expediente.

El mismo derecho se ostentará, y con las misma condiciones, para el acceso al expediente personal del menor interno en cualquier centro de reforma.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2017-11-30.

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