Artículo 15. Pleno y secciones.
Artículo 15 de la Ley 9/2004, de 24 de noviembre, de la Comisión Jurídica Asesora de Euskadi. · BOE-A-2011-18158
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2004-12-16.
Texto consolidado
1. La Comisión Jurídica Asesora de Euskadi podrá actuar en pleno o en secciones.
2. El Pleno está integrado por el presidente o presidenta, el vicepresidente o vicepresidenta y los vocales o las vocales. Conoce, en todo caso, de los asuntos enunciados en el artículo 3.1 a), b), c), d), e), f) y l), de la revisión de oficio de las disposiciones reglamentarias y de los demás asuntos que le atribuyan expresamente ésta u otra ley.
3. El reglamento de organización y funcionamiento determinará el número de secciones, su composición, que nunca podrá ser inferior a tres miembros con voz y voto, el ejercicio de la presidencia, la forma de adscripción de los vocales y los asuntos de su competencia.