Artículo 15. Normativa aplicable al juego en los Centros Integrados de Desarrollo.
Artículo 15 de la Ley 8/2012, de 28 de diciembre, de Medidas Fiscales y Administrativas. · BOE-A-2013-2685
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2013-01-01.
Texto consolidado
1. La actividad de juego realizada en los Centros Integrados de Desarrollo se regirá por lo dispuesto en esta ley.
2. En lo no previsto por esta ley, se aplicará supletoriamente la normativa de juego de la Comunidad de Madrid.