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Ley Vigente

Artículo 15. Presentación de solicitudes en competencia.

Artículo 15 de la Ley 7/2013, de 25 de noviembre, por la que se regula el aprovechamiento eólico en la Comunidad Autónoma de Cantabria. · BOE-A-2013-13232

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2014-07-17.

Texto consolidado

1. Podrán presentarse solicitudes para la instalación de parques eólicos, cuyas plantas sean coincidentes con la correspondiente a la que inició el procedimiento, durante el plazo de treinta días a contar desde el día siguiente al de la publicación en el Boletín Oficial de Cantabria del anuncio al que se hace referencia en el artículo anterior.

2. Dentro del trámite de publicidad los interesados, incluido el titular de la solicitud por la que se inició el procedimiento de obtención de la autorización en competencia, presentarán ante la Consejería competente en materia de energía, en soporte papel y digital, la documentación que a continuación se detalla, debiendo aportarse en sobre independiente y cerrado la contenida en los apartados c) y d) y, en su caso, e), f) y g):

a) Solicitud de autorización en competencia y la documentación que debe acompañar a ésta, de acuerdo con lo contemplado en los artículos 11 y 12 de la presente Ley.

Se excluye de la obligación de presentar estos documentos al titular de la solicitud que inició el procedimiento, anunciada en el Boletín Oficial de Cantabria, así como a aquellos otros que también hubieran satisfecho ya esta exigencia al haberse dado el caso a que se refiere el artículo 13.

b) Ubicación de los aerogeneradores identificada en cartografía oficial en coordenadas UTM. Para ello se adjuntarán:

1.º Fotografías panorámicas del entorno físico que contemplen la totalidad del perímetro de la planta del parque.

2.º Plano de situación a escala 1:50.000.

3.º Plano de planta a escala 1:10.000.

4.º Plano del área afectada por las instalaciones a escala 1:5.000 con curvas de nivel cada 10 metros.

c) Estudio de explotación, que deberá contener:

1.º Descripción de las obras e instalaciones del parque eólico y de sus instalaciones de conexión, incluyendo todos los elementos necesarios para su funcionamiento.

2.º Determinación y justificación documental del recurso eólico disponible: forma de obtención, resultados y análisis.

3.º Número, potencia y características de los aerogeneradores a instalar.

4.º Producción eléctrica media anual especificada por meses.

d) Memoria descriptiva de la solución de evacuación de energía prevista, que incluirá los avances y/o justificación del punto de conexión previsto, y la traza aproximada de la infraestructura de evacuación.

e) Proyectos de restauración ambiental al objeto de valorar las medidas compensatorias ambientales en los términos municipales afectados por el parque eólico.

f) Proyectos de intervención sobre el patrimonio edificado o inversiones en elementos urbanos o rurales que mejoren la calidad de vida, al objeto de valorar las medidas compensatorias socio-culturales en los términos municipales afectados por el parque eólico.

g) Compromiso de aportación dineraria anual al Fondo para la Compensación Ambiental y para la Mejora Energética.

3. Los solicitantes que no presentasen la documentación contenida en los apartados c), d), e), f) y g) en sobre independiente y cerrado serán excluidos automáticamente.

4. Si la documentación referida en los apartados a) y b) no reuniese los requisitos exigidos, se requerirá al interesado para que, en un plazo de diez días, subsane la falta o acompañe los documentos preceptivos, con indicación de que, si así no lo hiciese, se le tendrá por desistido de su petición, previa resolución dictada a tal efecto.

5. Recibida la documentación completa, se verificará que todas las solicitudes presentadas cumplen los requisitos de capacidad y solvencia. Se excluirán automáticamente aquellas que no los acrediten.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2014-07-17.

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