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Ley Derogada

Artículo 15. Apoderados e interventores.

Artículo 15 de la Ley 7/2003, de 20 de marzo, de Elecciones al Parlamento de Canarias. · BOE-A-2003-7685

Atención: Ley 7/2003 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.

Texto consolidado

Los representantes de las candidaturas podrán nombrar, con el alcance y en los términos previstos en la Ley Orgánica del Régimen Electoral General, apoderados e interventores.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2003-03-25.

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