Artículo 15. Tasa de Examen Preliminar Internacional de la Oficina Española de Patentes y Marcas.
Artículo 15 de la Ley 53/2002, de 30 de diciembre, de Medidas Fiscales, Administrativas y del Orden Social. · BOE-A-2002-25412
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2003-01-01.
Texto consolidado
Se crean y establecen las siguientes cuantías para las tasas y derechos relativos a los exámenes preliminares internacionales que efectúe la Oficina Española de Patentes y Marcas, como consecuencia de la designación como Administración de Examen Preliminar Internacional a los efectos del procedimiento previsto en el Tratado de Cooperación en materia de Patentes (PCT) y en su Reglamento de Ejecución:
Parte I. Tabla de tasas y derechos
Tipo de tasa o derecho
Cantidad
(Euros)
Tasa de examen preliminar [Regla 58.1.b)]
493,11
Tasa adicional [Regla 68.3.a)]
493,11
Coste de las copias [Regla 71.2.b)], excepto primera copia:
Documentos nacionales, cada documento
3,81
Documentos internacionales, cada documento
5,37
Coste de las copias (Regla 94.2), excepto primera copia:
Cada documento
0,23
Parte II. Condiciones del reembolso de las tasas y medida en la que se efectuarán
1) Será reembolsada cualquier cantidad pagada por error, sin necesidad, o en exceso de la cantidad adecuada, en concepto de las tasas indicadas en la parte 1.
2) En los casos previstos en la Regla 58.3, la cantidad pagada de la tasa de examen preliminar será reembolsada íntegramente.
3) Cuando se retire la solicitud internacional o la solicitud de examen preliminar internacional antes del comienzo del examen preliminar internacional, la cantidad pagada de la tasa de examen preliminar será reembolsada íntegramente.
Redactado conforme a la corrección de errores publicada en BOE núm. 81, de 4 de abril de 2003. Ref. BOE-A-2003-6800.