Artículo 15. Campañas de sensibilización.
Artículo 15 de la Ley 4/2007, de 28 de marzo, de Protección Ciudadana de Castilla y León. · BOE-A-2007-9097
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2007-05-01.
Texto consolidado
Se desarrollarán y establecerán, en especial en el ámbito educativo, programas que aseguren el conocimiento de las medidas de prevención y respuesta ante riesgos por parte de los ciudadanos en general, y de aquellos que pudieran resultar afectados en particular. La información se difundirá, entre otros medios, a través de campañas de sensibilización, con especial atención a los menores, a grupos de población especialmente sensibles y a otros grupos que puedan requerir protección específica.
Asimismo, se impulsará la realización de todos aquellos aspectos formativos que permitan una mayor cualificación y un mejor conocimiento de las posibles contingencias, actuaciones y medios técnicos en el ámbito de la asistencia a los ciudadanos.