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Ley Derogada 2 redacciones

Artículo 15. Comisión de Protección del Patrimonio de las Personas con Discapacidad.

Artículo 15 de la Ley 4/1995, de 21 de marzo, de creación de la Agencia Madrileña para la Tutela de Adultos. · BOE-A-1995-11845

Atención: Ley 4/1995 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.

Texto consolidado

La Comisión de protección del patrimonio de las personas con discapacidad tendrá, entre otras las siguientes funciones:

a) Asesoramiento al Ministerio Fiscal en el examen de la rendición de cuentas de gestión del administrador del patrimonio protegido de las personas con discapacidad, de la relación de gestión y del inventario de los bienes y derechos que forman parte del reiterado patrimonio, en aquellos casos en los que los bienes del tutelado sean superiores a una cantidad límite establecida.

b) Elaborar una memoria anual sobre la protección patrimonial de las personas con discapacidad.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2019-04-17.

Redacciones de este artículo

Este precepto ha tenido 2 redacciones. La redacción vigente la dio BOE-A-2019-10100.

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