Artículo 15. Competencias.
Artículo 15 de la Ley 32/2014, de 22 de diciembre, de Metrología. · BOE-A-2014-13359
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2014-12-24.
Texto consolidado
1. Las competencias que, de acuerdo con la presente ley, corresponden a la Administración General del Estado serán ejercidas por el Ministerio de Industria, Energía y Turismo, a través, en su caso, del organismo a él adscrito o a propuesta del mismo, sin perjuicio de las funciones que, por razón de su competencia específica, hayan de desarrollar otros departamentos ministeriales.
2. Las competencias en la ejecución del control metrológico del Estado que hayan sido transferidas serán ejercidas por el órgano que cada Comunidad Autónoma determine.