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Ley Vigente

Artículo 15. Concepto.

Artículo 15 de la Ley 3/2011, de 30 de junio, de apoyo a la familia y a la convivencia de Galicia. · BOE-A-2011-13120

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2011-09-13.

Texto consolidado

A efectos de la presente ley, se entiende por familia con personas con discapacidad a cargo aquella en la cual conviva algún o alguna ascendiente o descendiente que acredite un grado de discapacidad igual o superior al 33%, que no tenga rentas anuales superiores a la cantidad que se fije en la legislación del impuesto sobre la renta de las personas físicas para aplicar el mínimo por ascendiente y descendiente con discapacidad.

Se asimilarán a los descendientes las personas unidas en razón de tutela y acogimiento.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2011-09-13.

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