Artículo 15. Titulaciones de acceso al cuerpo de gestión y a las escalas que forman parte del mismo.
Artículo 15 de la Ley 2/2007, de 16 de marzo, de cuerpos y escalas de la administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears. · BOE-A-2007-8712
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2007-07-03.
Texto consolidado
1. Para el acceso al cuerpo de gestión se exige cualquiera de las titulaciones de primer ciclo de enseñanza universitaria o una equivalente.
2. Para el acceso a las escalas del cuerpo de gestión se exige:
a) Escala de subinspección de tributos: título de primer ciclo de enseñanza universitaria de ciencias empresariales, derecho, economía o administración y dirección de empresas.
b) Escala de gestión económico-financiera: título de primer ciclo de enseñanza universitaria de ciencias empresariales, relaciones laborales, gestión y administración pública, derecho, economía o administración y dirección de empresas.