Artículo 15. Competencias del Presidente y del Consejo Comarcal.
Artículo 15 de la Ley 14/2001, de 2 de julio, de Creación de la Comarca de Tarazona y el Moncayo. · BOE-A-2001-15559
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2001-08-30.
Texto consolidado
1. El Consejo Comarcal y su Presidente ejercerán sus atribuciones y ajustarán su funcionamiento a las normas relativas al Pleno del Ayuntamiento y al Alcalde contenidas en la legislación de Régimen Local y en las leyes de carácter sectorial.
2. No obstante, corresponderá al Consejo Comarcal la aprobación de las bases de las pruebas para la selección del personal y para los concursos de provisión de puestos de trabajo.