Artículo 15. Informe de uso y de idoneidad de la ubicación.
Artículo 15 de la Ley 13/2012, de 20 de noviembre, de medidas urgentes para la activación económica en materia de industria y energía, nuevas tecnologías, residuos, aguas, otras actividades y medidas tributarias. · BOE-A-2013-355
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2012-11-30.
Texto consolidado
Con carácter potestativo, el promotor o titular de la actividad o un técnico competente pueden solicitar al correspondiente ayuntamiento un informe sobre el uso y la idoneidad de la ubicación de la actividad de acuerdo con la normativa municipal y urbanística.
Este informe, que el ayuntamiento ha de emitir con carácter preceptivo en un plazo máximo de dos meses, es vinculante para el ayuntamiento, a no ser que se haya suspendido el otorgamiento de licencias por la normativa urbanística aplicable, y tiene una validez de doce meses.
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