El Vínculo El Vínculo.
Ley Vigente

Artículo 15. Alianza Gallega por el Clima.

Artículo 15 de la Ley 1/2026, de 5 de febrero, del clima de Galicia. · BOE-A-2026-5549

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2026-03-03.

Texto consolidado

1. La Alianza Gallega por el Clima constituye el instrumento de fomento y colaboración constituido por agentes sociales y económicos implicados en la lucha contra el cambio climático y el impulso de una economía circular y sostenible.

2. Son objetivos de la Alianza Gallega por el Clima:

a) Fomentar el compromiso medioambiental de las diferentes organizaciones que la integran.

b) Dar visibilidad al compromiso de las organizaciones gallegas con los objetivos de mitigación y adaptación de la presente ley.

c) Buscar la sinergia y colaboración entre las organizaciones de la sociedad civil en materia de cambio climático.

d) Impulsar iniciativas para mejorar el rendimiento medioambiental de las organizaciones y compartir buenas prácticas climáticas.

e) Otorgar premios y reconocimientos públicos por proyectos innovadores y de referencia en materia de mitigación y adaptación climática, de acuerdo con lo previsto en el artículo 38.

f) Identificar los factores y brechas de conocimiento y gestión que obstaculizan que las organizaciones asuman compromisos en materia de mitigación y adaptación climática.

g) Ofrecer herramientas a pequeñas y medianas empresas para su incorporación activa a la Alianza, para que eliminen o, en su caso, reduzcan las emisiones de gases de efecto invernadero de sus procesos o para que planifiquen las necesidades de adaptación al cambio climático.

3. Podrán formar parte de la Alianza:

a) Las empresas y asociaciones profesionales o empresariales.

b) Las organizaciones sindicales.

c) Las organizaciones no gubernamentales (ONG) medioambientales y otras organizaciones de la sociedad civil.

d) Las organizaciones científicas y académicas.

e) Las administraciones públicas y entes del sector público con competencias en materia medioambiental.

f) Los colegios profesionales.

g) Cualesquiera otras organizaciones que estuvieran dispuestas a asumir un compromiso para avanzar en la lucha contra el cambio climático y la mejora del medio ambiente.

La pertenencia a la Alianza se formalizará mediante la firma de un memorándum de entendimiento.

4. La Oficina de Cambio Climático de Galicia prestará apoyo organizativo al desarrollo de las iniciativas y encuentros de la Alianza Gallega por el Clima.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2026-03-03.

Más artículos de Ley 1/2026

En El Vínculo puedes leer Ley 1/2026 artículo a artículo, ver qué decía cada precepto en una fecha pasada y preguntarle a la IA sobre su contenido.