Artículo 15. Control económico-financiero.
Artículo 15 de la Ley 1/2018, de 9 de febrero, Reguladora de l'Institut Valencià d´Art Modern (IVAM). · BOE-A-2018-3438
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2018-02-13.
Texto consolidado
1. El control financiero de la entidad se efectuará de acuerdo con lo que establezca la legislación de la Generalitat, sin perjuicio de la posibilidad de que se adopten las medidas adicionales de control.
2. La contabilidad se ajustará a las normas aplicables a las entidades de derecho público de la Generalitat en esta normativa.
3. La entidad se someterá a la supervisión y control económico-financiero previsto en la normativa vigente en materia del sector público de la Generalitat. A tales efectos deberá de aportar y suministrar cuanta documentación e información le sea requerida por la conselleria competente en materia del sector público de la Generalitat.