Artículo 15.
Artículo 15 del Instrumento de ratificación del Convenio sobre Seguridad Social entre España y la República de Finlandia, hecho en Helsinki el 19 de diciembre de 1985. · BOE-A-1987-16337
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1987-08-01.
Texto consolidado
El derecho a pensiones de vejez, invalidez y de supervivencia previstas en la legislación española para personas sometidas al seguro de pensiones de las dos Partes Contratantes se regirá por las disposiciones de los artículos 16 al 20.