Artículo 148 quinto. Tarifas.
Artículo 148 quinto del Decreto Legislativo del Principado de Asturias 1/1998, de 11 de junio, por el que se aprueba el texto refundido de las Leyes de Tasas y de Precios Públicos. · BOE-A-1998-23233
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2011-01-01.
Texto consolidado
La tasa se exigirá conforme a las siguientes tarifas:
Tarifa 1. Tarjetas de titulaciones náutico-pesqueras:
a) Marinero pescador: 16,4 €.
b) Patrón local de pesca: 24,5 €.
c) Patrón costero polivalente: 24,5 €.
d) Patrón de litoral: 24,5 €.
e) Patrón de altura: 24,5 €.
f) Capitán de pesca: 24,5 €.
g) Mecánico naval: 24,5 €.
h) Mecánico mayor naval: 24,5 €.
Tarifa 2. Tarjetas de buceo profesional:
a) Recolector submarino de recursos marinos: 24,5 €.
b) Buceador profesional de pequeña profundidad: 24,5 €.
c) Buceador profesional de 2.ª clase: 24,5 €.
d) Buceador profesional de media profundidad: 24,5 €.
e) Buceador profesional de gran profundidad: 24,5 €.
Tarifa 3. Tarjetas y títulos náutico-deportivos:
a) Capitán de yate: 98,0 €.
b) Patrón de yate: 65,3 €.
c) Patrón de embarcaciones de recreo: 24,5 €.
d) Patrón para navegación básica: 24,5 €.
e) Patrón de moto náutica ''A'': 24,5 €.
f) Patrón de moto náutica ''B'': 24,5 €.
g) Patrón de moto náutica ''C'': 24,5 €.
h) Autorización federativa: 16,4 €.
Tarifa 4. Derechos de examen:
a) Capitán de yate: 73,5 €.
b) Patrón de yate: 57,2 €.
c) Patrón de embarcaciones de recreo: 24,5 €.
d) Patrón para navegación básica: 24,5 €.
e) Patrón de moto náutica ''A'': 24,5 €.
f) Patrón de moto náutica ''B'': 24,5 €.
g) Patrón de moto náutica ''C'': 24,5 €.
Tarifa 5. Otros trámites:
a) Expedición por convalidación o canje: 16,4 €.
b) Renovación o expedición de duplicado: 16,4 €.
c) Expedición libro de buceo: 32,6 €.
Se modifican las tarifas 2, 3, 4, 5, 6 y 7 por el art. 11.10 de la Ley 6/2004, de 28 de diciembre. Ref. BOE-A-2005-1922.
Se modifican las tarifas 4 y 5 por el art. 19.9 de la Ley 15/2002, de 27 de diciembre. Ref. BOE-A-2003-2905.
Redactado conforme a la corrección de errores publicada en BOE núm. 92, de 17 de abril de 2001. Ref. BOE-A-2001-7427.
Redacciones de este artículo
Este precepto ha tenido 4 redacciones. La redacción vigente la dio BOE-A-2011-4296.