Artículo 146. Testimonio y gastos.
Artículo 146 de la Ley 15/2015, de 2 de julio, de la Jurisdicción Voluntaria. · BOE-A-2015-7391
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2015-07-23.
Texto consolidado
Las partes podrán solicitar testimonio del acta que ponga fin al acto de conciliación.
Los gastos que ocasionare el acto de conciliación serán de cuenta del que lo hubiere promovido.