Artículo 145. Apoyo al acogimiento familiar.
Artículo 145 de la Ley 26/2018, de 21 de diciembre, de derechos y garantías de la infancia y la adolescencia. · BOE-A-2019-1986
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2018-12-25.
Texto consolidado
Las administraciones públicas de la Generalitat, directamente o a través de entidades colaboradoras, prestarán a las niñas, niños y adolescentes, a las familias acogedoras y a la familia de origen la colaboración necesaria para el logro de los objetivos del acogimiento, así como los apoyos de carácter especializado, económico, jurídico o psicosocial precisos en función de las necesidades, características del acogimiento y dificultades de su desempeño.