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Ley Orgánica Vigente

Artículo 143. Lengua propia.

Artículo 143 de la Ley Orgánica 6/2006, de 19 de julio, de reforma del Estatuto de Autonomía de Cataluña. · BOE-A-2006-13087

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2006-08-09.

Texto consolidado

1. Corresponde a la Generalitat de Cataluña la competencia exclusiva en materia de lengua propia, que incluye, en todo caso, la determinación del alcance, los usos y los efectos jurídicos de su oficialidad, así como la normalización lingüística del catalán.

2. Corresponde a la Generalitat y también al Conselh Generau de Arán la competencia sobre la normalización lingüística del occitano, denominado aranés en Arán.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2006-08-09.

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