Artículo 142 octies. Hecho imponible.
Artículo 142 octies de la Ley 11/1998, de 14 de diciembre, sobre el Régimen Específico de Tasas de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares. · BOE-A-1999-2944
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2025-07-25.
Texto consolidado
Constituye el hecho imponible de esta tasa las actuaciones administrativas encaminadas a la concesión de la autorización para verter aguas al dominio público marítimo-terrestre.