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Ley Foral Derogada

Artículo 141. Simultaneidad de tramitación de instrumentos de planeamiento y de gestión.

Artículo 141 de la Ley Foral 35/2002, de 20 de diciembre, de Ordenación del Territorio y Urbanismo. · BOE-A-2003-919

Atención: Ley Foral 35/2002 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.

Texto consolidado

Junto con la tramitación de los instrumentos de planeamiento urbanístico podrán asimismo tramitarse los instrumentos de su ejecución, quedando en todo caso éstos supeditados a la aprobación de los primeros.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2003-03-27.

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