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Ley Derogada

Artículo 140. Operaciones con terceros.

Artículo 140 de la Ley 2/1998, de 26 de marzo, de Sociedades Cooperativas de Extremadura. · BOE-A-1998-12457

Atención: Ley 2/1998 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.

Texto consolidado

Los estatutos pueden autorizar operaciones con terceros no socios, que serán contabilizadas de manera que en cualquier momento se pueda conocer su volumen global.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 1998-07-02.

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