Artículo 14. Decisión sobre la solicitud.
Artículo 14 del Tratado de extradición entre el Reino de España y la República de Costa Rica, hecho en Madrid el 23 de octubre de 1997. · BOE-A-1998-17578
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1998-07-30.
Texto consolidado
1. La parte requerida tramitará la solicitud de extradición de conformidad con el procedimiento establecido en su legislación y comunicará sin demora a la parte requirente la decisión que adopte al respecto.
2. La denegación total o parcial de la solicitud deberá ser motivada.