Artículo 14. Funciones.
Artículo 14 del Real Decreto 950/1997, de 20 de junio, por el que se establece la estructura orgánica básica de diferentes Organismos autónomos del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación. · BOE-A-1997-14860
Atención: Real Decreto 950/1997 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.
Texto consolidado
(Derogado)
Redactado el apartado 2 conforme a la corrección de erratas publicada en BOE núm. 181, de 30 de julio de 1997. Ref. BOE-A-1997-17138
Redacciones de este artículo
Este precepto ha tenido 2 redacciones. La redacción vigente la dio Real Decreto 401/2012, de 17 de febrero, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente..