Artículo 14. Secretaría General.
Artículo 14 del Real Decreto 63/2001, de 26 de enero, por el que se aprueba el Estatuto del organismo autónomo Instituto de Estudios Fiscales. · BOE-A-2001-1946
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2011-03-13.
Texto consolidado
La Secretaría General ejercerá las funciones de gestión de los servicios generales y de régimen interior, el desarrollo de las funciones económico-presupuestarias, la gestión bibliotecaria y, en general, la gestión de los recursos y medios del organismo autónomo.
Redacciones de este artículo
Este precepto ha tenido 2 redacciones. La redacción vigente la dio BOE-A-2011-4556.